¿Sabías que significa el término «tercer país seguro»?

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En lo que va de los últimos años, la gente de a pie se ve cada vez más encerrada en el discurso migratorio dada la cambiante situación política y socioeconómica en el mundo. Poco a poco hemos aprendido a diferenciar las palabras "migrantes" y "refugiados". Ahora nos toca conocer el término "tercer país seguro", que está en boca de los políticos.

Así, durante la reunión que celebraron el secretario de Relaciones Exteriores de México, Marcelo Ebrard, con su homólogo estadounidense, Mike Pompeo, el canciller mexicano subrayó que no considera necesario iniciar ningún tipo de negociación con respecto a un eventual acuerdo de tercer país seguro entre México y EE.UU.  

 

En otra ocasión los medios informaron, citando las fuentes estadounidenses, que Washington va avanzando en el acuerdo de tercer país seguro con Guatemala. 

¿Qué significa realmente este término?

Aunque actualmente el concepto se usa para hablar sobre la situación migratoria en América Central y del Norte fue consagrado por la ONU en los principios de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados en 1951. Se trata de una situación en la que una persona abandona su país y solicita asilo en otro y, cuando este segundo país se niega a concederlo, remite a esta persona a un tercer Estado que sea considerado seguro. En nuestro caso, si firmara el acuerdo, los centroamericanos que migren hacia el norte, primeramente tendrían que pedir asilo en México o en Guatemala.

Sin embargo, convertirse en el tercer país seguro no es cosa solo de firmar un acuerdo, sino, según establece la Convención de Ginebra, de cumplir las condiciones mínimas para obtener este estatuto. Lo principal es que el tercer país seguro debe garantizar que los solicitantes de asilo no sean devueltos a su país de origen. Esta condición también obtuvo el nombre de no devolución. 

 

Además, el Estado-receptor se encarga de que se cumplan los derechos a la vivienda y a la reunificación familiar, así como asegura el acceso a los servicios médicos, educación, empleo, seguridad social, etc. El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), a su vez, establece que la responsabilidad de acogida se transfiere entre dos países solo cuando los sistemas de asilo de ambos cumplen los mismos requisitos.

Entre otras condiciones se menciona que el tercer país seguro puede:

Otorgar a la persona el acceso a un procedimiento justo y eficiente para la determinación de la condición de refugiado y otras necesidades de protección internacional.

Permitir a la persona permanecer mientras se realiza la determinación.

Otorgar a la persona estándares de tratamiento acordes con la Convención de 1951 y con las normas internacionales de derechos humanos, incluyendo pero no limitados, a la protección contra la devolución.

Cuando se determina que la persona es refugiada, el Estado debería reconocérsele como tal y otorgarle una estancia legal.

Este principio se aplicaba antes generalmente en la UE cuando se trataba del futuro de los migrantes de Libia, Siria e Irak y ahora se ha convertido en un término recurrente del presidente estadounidense, Donald Trump, cuyos discursos antiinmigratorios se conocen desde la época preelectoral de 2016.

Entre los últimos pasos del Gobierno estadounidense está la nueva orden publicada en el Registro Federal, de acuerdo con la cual los migrantes que pasen por un tercer país de camino a EE.UU. y no soliciten asilo en ese Estado no serán "aptos para el asilo".

La intención del Gobierno estadounidense de firmar un acuerdo con México y Guatemala se enmarca en esta lógica. Sin embargo, ninguno de los países se ha mostrado dispuesto a adoptar este papel, informó Sputnik Mundo.