Alerta amarilla para el Caribe y verde para el resto de Nicaragua

Foto:Alerta amarilla para el Caribe y verde para el resto de Nicaragua/Cortesía

NOTA DE PRENSA ÍNTEGRA:

NOTA DE PRENSA

COMUNICADO No.001-2023
Declaración de Alerta Amarilla para
las Dos Regiones Autónomas del Caribe
y Alerta Verde para el resto del Territorio Nacional

Por orientaciones del Presidente de la República Comandante José Daniel Ortega Saavedra, las Codirecciones del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres, en el uso de las facultades conferidas por la Ley 337, “Ley Creadora del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres” (SINAPRED) y su Reforma Ley 863, en su arto 3 numeral 2, articulo 15, inciso 1, 2, 3 y 4, artículos 16, 28, 30, 31 y su reglamento Decreto 53-2000 artículos 9 y 10 y Decreto 88-2007, Arto 2, 16 inciso f, informan a la población nicaragüense y a las instituciones que integran el Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), que de acuerdo al boletín número cinco del INETER, se informa de un centro de bajas presiones atmosféricas localizado esta mañana de lunes 23 de octubre, sobre el Suroeste del Mar Caribe, muy próximo a las costas del Caribe (cercano a Laguna de Perlas), se desplaza hacia el Oeste/noroeste con 7 kph y genera vientos máximos sostenidos de 54 kph.

 

Señala el boletín que este sistema mantiene las probabilidades de desarrollo para ser una Depresión Tropical, a medida que se aproxima a la costa Caribe nicaragüense. Que se desplazará lentamente hacia el Norte/Noroeste durante el transcurso de este día, y entre la media noche de hoy, y la madrugada del martes, ingresando a tierra, en un punto cercano entre Laguna de Perlas y Desembocadura de Río Grande.

Este sistema podría fortalecerse a Depresión Tropical, antes de tocar tierra nicaragüense. Lo que significaría vientos máximos entre 60 a 119 kph. Sin embargo, una vez que ingrese a tierra se debilitara gradualmente, no obstante las lluvias podrán mantearse a lo largo de su trayectoria. Hasta salir a las aguas del océano Pacifico por la zona occidental del país. Las lluvias podrán ser entre los 100 a 150 mm.

Por lo anterior y ante la continuidad de las lluvias, el INETER recomienda alertar a las autoridades regionales, departamentales y municipales para que se preparen para atender el posible impacto del fenómeno meteorológico.

 

Ante esta situación se hace saber lo siguiente:

PRIMERO: Se declara “Estado de Alerta Amarilla en las dos Regiones Autónomas del Caribe y Alerta verde en el resto del territorio nacional”.

SEGUNDO: Las Co-Direcciones del SINAPRED a través de sus delegados Regionales, Departamentales y municipales, en coordinación con las comisiones de trabajo sectoriales, deben proceder a la activación de los planes de respuesta en los territorios afectados.

TERCERO: Con Base a los Artículos 28 y 31 de la Ley 337 Ley creadora del Sistema Nacional para la Prevención Mitigación y Atención de Destres SINAPRED y su Reforma Ley 863Ley de Reforma a la Ley 337, los Alcaldes Municipales y de los departamentos y regiones señaladas están facultados para tomar las medidas necesarias para atender a la población afectada dentro de su jurisdicción.

CUARTO: Que basado en lo anterior, se deben tomar las medidas extraordinarias en el ámbito de la gestión de desastres,

razón por la cual las estructuras del SINAPRED en su conjunto deben disponerse de la siguiente manera:

1. Convocar a lo inmediato a los miembros de los COMUPRED, CODEPRED Y CORPRED para activar las acciones de prevención, atención y mitigación de los planes de respuesta de acuerdo a las situaciones específicas en cada territorio; activar las comisiones intersectoriales, activar los protocolos de actuación de las instituciones de primera respuesta y los planes contingentes ante inundaciones repentinas y deslizamientos.

2. Asegurar que funcionen los mecanismos de alerta temprana y activación de las comunidades de los puntos críticos a marejadas, fuertes vientos, inundaciones y deslizamientos para asegurar la vida de las personas, familias y comunidades.

3. Preparar las condiciones de los sitios de refugio y protección para personas y familias que requieran ser atendidos oportunamente durante el tránsito de los fenómenos meteorológicos descritos.

4. Revisar la disponibilidad de recursos y medios institucionales que permitan brindar atención oportuna a las personas, familias y comunidades afectadas por los distintos componentes del evento meteorológico.

5. El personal de las instituciones debe estar localizable de forma permanentemente a fin que pueda asumir las responsabilidades que le corresponde de producirse situaciones de emergencia.

6. Garantizar disponibilidad y funcionamiento de los medios de comunicación desde y hacia las comunidades, así como entre el nivel municipal, departamental, Regional y Nacional, de tal forma que se pueda atender la emergencia.

7. Activar mecanismos de comunicación con las comunidades a fin de mantener un flujo continuo de información sobre el avance de sus medidas de autoprotección y ayuda solidaria entre los miembros de las familias y comunidades afectadas.

QUINTO: Orienta a la población a mantener la calma y estar atentos a las informaciones y recomendaciones que seguirán emitiendo las

 

instituciones que forman parte del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED) y sus estructuras territoriales.

Managua, veinte-tres de octubre del año 2023.

Dr. Guillermo Jose González González.
Ministro Director.
CD-SINAPRED