El crimen ocurrió la madrugada del 15 de enero en la comunidad de Wansapo, en el municipio de Jalapa, Nueva Segovia. En juicio oral y público fueron declarados culpables Moisés Enoc Pineda Gutiérrez, Milton Alexander Martínez Chavarría y Jerry Bobb Selston por el asesinato de Anastasia Estela González Pineda, de 51 años.
La jueza de Distrito Penal de Juicio, Verónica Fiallos, consideró en su sentencia, leída este 7 de marzo, que el delito amerita una pena perpetua para los tres procesados y, además, impuso una pena de 4 años por robo con violencia e intimidación frustrado y otros 10 años por homicidio frustrado en perjuicio de Marcelino González Pineda, padre de la víctima.
Anastasia falleció en el hospital de Ocotal debido a un trauma craneal severo, producto de la descarga de golpes con un garrote, a puño cerrado y lanzada varias veces contra la pared por los tres sujetos, que se sintieron descubiertos cuando intentaban robar en la pulpería de la víctima. También atacaron brutalmente a su padre, don Marcelino González.

Sentencian a tres responsables del crimen en Jalapa
Los familiares de la víctima también expresaron su satisfacción con el fallo, porque fue demostrada la culpabilidad de los acusados ante el tribunal. «Contento porque fue algo muy grave que ellos hicieron. A mí me golpearon, me dejaron muerto»; dijo Marcelino.
El abogado Gabriel Díaz, acusador adherido al Ministerio Público, consideró que la sentencia “hizo justicia” porque Anastasia González fue víctima de un asesinato cruel, despiadado, sin razón alguna y en total indefensión. “En este caso, la pena perpetua marca un precedente para que todo aquel que prive de la vida a una mujer sepa que la ley se aplica en este país”; recalcó Díaz.
Melania González Rivera, hermana de la víctima Anastasia, confesó que no esperaba menos de la pena perpetua y lamentó que “personas jóvenes hayan cometido algo tan atroz y despiadado; pero en este país el que las hace debe de pagar”.

Brutal asesinato en Nueva Segovia
La Constitución Política de la República establece la prisión perpetua revisable para aquellos casos excepcionales; donde hay odio y desprecio por la vida.
En la sentencia, la jueza Verónica Fiallos recalca la presencia de tres agravantes que la motivaron a dictar una pena perpetua, tales como alevosía; ensañamiento y que una mujer fue sometida al sadismo y maldad de tres hombres en un lugar despoblado.
Los sentenciados escucharon la lectura de la pena en videoconferencia en el Sistema Penitenciario Puertas de la Esperanza; de la ciudad de Estelí.
