Derogada la Ley 1241: Nicaragua vuelve a su modelo de identificación ciudadana

Foto: Restablecen Ley de Identidad Ciudadana en Nicaragua / TN8
Foto: Restablecen Ley de Identidad Ciudadana en Nicaragua / TN8

La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó restablecer la Ley N°. 152, Ley de Identificación Ciudadana, al considerar que las leyes deben estar acordes con la realidad del país. Con esta decisión, queda derogada la Ley N°. 1241, aprobada en febrero de 2025; la cual establecía un nuevo sistema de identificación para la población, incluyendo a menores de edad.

Esta normativa introducía un número único de identificación asignado desde el nacimiento y contemplaba la emisión de un documento oficial para menores de 16 años.

La propuesta de derogar esta ley fue presentada mediante exposición de motivos al presidente del Poder Legislativo, doctor Gustavo Porras; en la que se argumenta que la Ley 1241 no se ajusta a las condiciones reales del país. Se solicitó, en cambio, restablecer la Ley 152, que había estado vigente desde 1993.

Con base en los artículos 132 y 134 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, así como los artículos 92, 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; se sometió a consideración del plenario esta nueva Ley de Restablecimiento de la Ley N°. 152.

Foto: Sesión plenaria en la Asamblea Nacional de Nicaragua / TN8
Foto: Sesión plenaria en la Asamblea Nacional de Nicaragua / TN8

Identificación ciudadana en Nicaragua

La Ley 1241 establecía que cada persona debía contar con un número único de identificación desde su nacimiento, el cual serviría como referencia obligatoria para todo trámite en el sector público y privado. Este número era administrado por la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas, bajo el Consejo Supremo Electoral.

Además, la ley creaba un Documento de Identificación para menores de 16 años, con validez según la edad del niño o adolescente. Este documento no sustituía la cédula de identidad, pero sí era reconocido oficialmente para acceder a servicios públicos y trámites legales.

 

La vigencia del documento se segmentaba así: de 0 a 6 años, válido hasta los 6 años; de 6 a 13 años, válido hasta los 13 años; y de 13 a 16 años, válido hasta cumplir los 16, cuando debía gestionarse la cédula de identificación ciudadana.

Con la derogación de la Ley 1241, todo este nuevo esquema queda sin efecto. Se restablece por completo la vigencia de la Ley 152; con el modelo tradicional de identificación ciudadana.