Aprueban reformas constitucionales en Nicaragua vinculadas a la Policía y el Poder Judicial

Foto: Reformas constitucionales en Nicaragua / TN8
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Los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron dos reformas constitucionales en la continuación de la primera sesión ordinaria: la reforma al Artículo 97 de la Carta Magna de Nicaragua y la reforma al Artículo 165; ambas son parte de un paquete de reformas presentadas por los legisladores.

Así mismo, la Reforma al Artículo 97 modifica la base constitucional de la Policía Nacional. De esta forma se puede seguir combatiendo a los grupos estructurados para cometer delitos en el territorio nicaragüense.

«Con base en el deber de Estado de proteger a las personas dentro del territorio nacional, la presente iniciativa tiene como finalidad adecuar y reformar la base constitucional que rige el actuar de la Policía Nacional frente a las nuevas modalidades del crimen organizado»; expuso Loria Raquel Dixon, primera secretaria de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional.

«También ejercer la prevención, persecución e investigación del delito y prestar el auxilio necesario a las autoridades civiles judiciales para el cumplimiento de la ley y el desempeño de sus funciones«; citó Alejandro Mejía Ferretti, tercer secretario de la Junta Directiva.

Foto: Reformas constitucionales en Nicaragua / TN8
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Carrera Judicial en Nicaragua

La Ley de Reforma al Artículo 165 de la Constitución fue presentada en primera legislatura por 76 diputados; y aprobada en la segunda legislatura con 91 votos. Se desvincula a los Registros Públicos de la administración de Justicia, en función del Poder Judicial. Con la derogación del numeral 4 y la reforma de los numerales 5 y 6, estos últimos vinculados a las atribuciones del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial.

«4 derogado, 5- con nombrar médicos forenses y secretarios de actuación de conformidad con lo establecido en la ley de la materia. 6- instruir, conocer y resolver de las denuncias por faltas disciplinarias leves, graves y muy graves de los médicos forenses y secretarios de actuación; imponiendo las sanciones que establece la ley de la materia», describió el tercer secretario de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional de Nicaragua.

Foto: Reformas constitucionales en Nicaragua / TN8
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