Emiten Nota Aclaratoria sobre artículo 5 de las Normas Financieras del Banco Central

nicaragua

El Banco Central de Nicaragua emitió este lunes una nota aclaratoria acerca del artículo 5 de las Normas Financieras del Banco Central, lo que incluye la tarifa por comisión por venta de divisas en el país, la cual se mantiene inalterada en 1%. Así mismo se ratifica que el deslizamiento se mantiene en 5% anual y las publicaciones del Tipo de Cambio continuarán haciéndose de forma mensual.

A continuación el texto íntegro de esta nota:

Nota Aclaratoria al artículo 5 de las Normas Financieras del Banco Central,

El Banco Central de Nicaragua (BCN) aclara que el ajuste funcional a las Normas Financieras publicado en La Gaceta No. 163 del 24 de agosto del año 2018 conforme Resolución CDBCN-XXXV-1-18, se realizó para cumplir con lo dispuesto en la Ley No. 732, Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua, publicada en La Gaceta No. 148 y 149 del 5 y 6 de agosto de 2010, que dispone en el Arto. 27, Numeral 9, que todas las tarifas bancarias serán establecidas por el Presidente del BCN, lo que incluye la tarifa por comisión por venta de divisas, la que se mantiene inalterada en 1% (uno por ciento).

Con base en lo dispuesto por la Ley del Banco Central en su Arto. 19, Numeral “d”, la determinación de la política monetaria y cambiaria, y por tanto la política vigente de tipo de cambio y la política de deslizamiento cambiario, continúa siendo dictada por el Consejo Directivo del BCN, por lo que el deslizamiento se mantiene en 5% (cinco por ciento) anual, con base en lo dispuesto en el Programa Monetario 20180.

También la Norma ratifica que las publicaciones del Tipo de Cambio continuarán realizándose de manera mensual. La tabla conteniendo los tipos de cambio diario del Córdoba con respecto al Dólar se continuará publicando los primeros 15 días de cada mes y corresponderá a los tipos de cambio vigentes para el mes siguiente.