166 aniversario de la firma del Tratado de Límites Cañas Jerez, entre las Repúblicas de Nicaragua y Costa Rica

166 aniversario de la firma del Tratado de Límites Cañas Jerez, entre las Repúblicas de Nicaragua y Costa Rica
Foto: 166 aniversario de la firma del Tratado de Límites Cañas Jerez, entre las Repúblicas de Nicaragua y Costa Rica/Cortesía

Por: Profesor Harold Delgado

Celebramos hoy el 166 Aniversario de la Firma del Tratado Límites Cañas Jerez, entre las Repúblicas de Nicaragua y Costa Rica, realizado en San José, el 15 de abril de 1858. Nicaragua envió a su Embajador Extraordinario y Plenipotenciario General Máximo Jerez Tellería y Costa Rica a su Plenipotenciario José María Cañas, actuó como Mediador por parte de El Salvador, el coronel Pedro Rómulo Negrete.

El presidente costarricense de ese entonces, don Juan Rafael Mora, viajó a la ciudad de Rivas, ya que ahí se realizó el Canje del Tratado con el presidente nicaragüense Tomás Martínez.

Significado de Acta de Canje

Se acostumbra que en el mismo lugar de la Firma o en el sitio que se haya previsto el Tratado, las partes por intermedio de Plenipotenciarios, procedan a intercambiar los instrumentos de Ratificación, Aprobación o Aceptación de un Tratado, de lo cual se deja constancia en un Acta de Canje o Adhesión.

En los Convenios Multilaterales, cuando no los ha firmado el país y previa Aprobación Parlamentaria, se deposita un Instrumento de Adhesión. En esencia, la ratificación es la manifestación del consentimiento del Estado en obligarse por un Tratado que ha sido previamente firmado.

Sobre el Tratado

El Tratado de Límites consta de 12 artículos, el más relevante es el número 06 que establece que la Soberanía y Sumo Imperio del Río San Juan es totalmente de Nicaragua, y Costa Rica tendrá el derecho de navegación perpetua desde la desembocadura del Río San Juan en el Mar Caribe, hasta 3 millas inglesas antes del Castillo Viejo (Castillo de la Inmaculada Concepción) se debe comprender entonces, que de los 200 kilómetros que tiene el Río San Juan, sólo en 142 está autorizado para navegar Costa Rica, con buques civiles y con fines de comercio, previa autorización de zarpe por las autoridades nicaragüenses.

Notas Importantes a tomar en cuenta.

En el Tratado de Límites Cañas Jerez, Costa Rica cedió la región del Río La Flor, en la margen derecha del Lago de Nicaragua y la del Río San Juan, hasta tres millas inglesas después del Castillo Viejo. Nicaragua, por su parte, renunció a sus pretensiones de recuperar las tierras del Partido de Nicoya, lo que hoy es la mayor parte de Guanacaste.

Adjunto texto del Tratado de Límites Cañas Jerez.

¡A Vencer!