Corte salvadoreña no entregará información patrimonial de Nayib Bukele

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Con qué justificó el presidente de El Salvador, Nayib Bukele sus ingresos o disipó observaciones a sus declaraciones patrimoniales como alcalde de Nuevo Cuscatlán y como alcalde de San Salvador, no es posible saberlo, al menos no por ahora, porque la Corte Suprema de Justicia le puso llave a ese informe.

El lunes, Corte Plena resolvió con 12 votos no entregar la información que solicitó la periodista Jessica Ávalos y que ante una primera negativa de la Corte recurrió al Instituto de Acceso de Información Pública (IAIP).

La periodista Ávalos reaccionó en Twitter con la siguiente publicación: “12 magistrados cerraron filas hoy para que siga siendo secreto el expediente de la investigación patrimonial de Nayib Bukele”.

 

En noviembre de 2019, el pleno de la Corte acordó sostener la posición de no entregar la información solicitada por Ávalos por considerar reservados los datos de procesos en los que no se ha hallado indicios de corrupción. El lunes lo ratificó.

El magistrado de la Corte Suprema, Óscar López Jerez, confirmó la decisión del pleno de la Corte y aseguró que él fue uno de los que votó a favor de mantener reservada la información solicitada.

 

En el caso de Bukele, si bien salió exonerado en la investigación como alcalde de Nuevo Cuscatlán, la Corte certificó a Fiscalía para que investigara posible evasión fiscal debido a que no se desvinculó totalmente de la empresa Obermet, que ganó contratos del Estado por casi $30 millones y donde contaba con el 70 % de las acciones, sino que siempre recibió dinero por medio de su hermano Karim, a quien pasó las acciones.

La Fiscalía confirmó en julio de 2018 que había iniciado una investigación a Bukele por no justificar el origen de más de $846,622.45 de su patrimonio y como parte de su vinculación con Obermet.

Magistrado defiende reserva

Pero a estos hechos, el magistrado López dice que la información sobre adendas, las cuales surgen en el proceso de investigación de Probidad luego de que los investigados remiten documentos para justificar su patrimonio, es lo que ha solicitado la periodista pero eso es parte de los datos reservados. Aseguró que él votó a favor de la reserva porque el artículo 240 de la Constitución y la Ley de Enriquecimiento Ilícito así lo establecen.

Magistrado de la Corte Suprema de El Salvador, Óscar López Jerez / El Diario de Hoy

 

El artículo 6 de la mencionada ley dice: “Las declaraciones serán mantenidas en reserva y se clasificarán y guardarán en un archivo especial” que llevará la Corte Suprema.

Según el magistrado López Jerez, la LAIP no solo da vigencia al artículo 6 de la Ley de Enriquecimiento Ilícito en su artículo 110 sino que también le da facultad a la Corte para declarar reserva a información, en los artículos 19 y 21.

“No entiendo por qué las autoridades del Instituto de Acceso a la Información ignoran lo que está en la ley, la misma Ley de Acceso a la Información Pública dejó vigente el artículo 6 de la Ley de Enriquecimiento Ilícito, que ese tipo de informes de Probidad se mantendrán en reserva”, afirmó el magistrado López Jerez.

 

Según López Jerez, tanto esa información como las que se incluyen en los informes preliminares contiene información muy confidencial y a veces aparecen montos “sensibles” que al ponerlos del conocimiento público se puede poner en riesgo hasta la integridad de cualquier funcionario.

Con esta decisión, los magistrados vuelven a rechazar una resolución del IAIP en el que se les pretende información sobre los proceso que lleva Probidad.

En la votación de Corte plena, dos magistrados se manifestaron en que sí había que entregar la información y uno se abstuvo, informó El Diario de Hoy.