Sin avances, justicia para líder mexicana Cristina Vázquez

abuso

CIUDAD DE MÉXICO. Vecinos de la colonia Hipódromo denunciaron que luego de 11 meses del asesinato de la líder vecinal, Cristina Vázquez Chavarría, el crimen sigue impune.

Exigieron a las autoridades que capturen y enjuicien al responsable del feminicidio y recordaron que la Fiscalía General de Justicia (FGJCDMX) ofrece una recompensa de dos millones de pesos para quien aporte información para la captura del responsable.

 

Rafael Guarneros, coordinador del Comité Fundacional de la colonia Hipódromo, indicó que el presunto responsable fue captado por cámaras de seguridad del domicilio de la víctima y con ello se pudo establecer que tiene un tatuaje en la espalda con el nombre de Brenda.

 

Mientras no se encuentre a los feminicidas y no se les encarcele, estos seguirán siendo un peligro para otras mujeres y niñas”, expresó.

 

Anunció que el sábado se rendirá un homenaje a la víctima procurando las medidas de sana distancia, informó Excélsior

¿Cuándo un asesinato es tipificado como feminicidio en México?

Un feminicidio es la muerte violenta de una mujer por razones de género, tipificada en el Sistema Penal Federal, y se trata de la forma de violencia y discriminación más extrema en contra de las mujeres.

En el Sistema Penal mexicano el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325 y detalla los siete supuestos por los que el homicidio de una mujer puede ser considerado dentro de este delito.

 

Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”, indica el artículo 325 del Sistema Penal.

 

Se considera este delito cuando la muerte contemple alguna de las siguientes circunstancias:

– La víctima presente signos de violencia sexual o cualquier tipo.
– La víctima presenta lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
– Existan antecedentes de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral, escolar, del agresor en contra de la víctima.
– Haya existido entre la víctima y el agresor una relación sentimental, afectiva o de confianza.
– Registros de amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del agresor en contra de la víctima.
– La víctima haya sido incomunicada durante algún periodo de tiempo, previo a su muerte.
– El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.