Estado mexicano aprueba ley que condena la difusión del Pack

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Con sentencias de hasta 6 años en prisión, Coahuila se convirtió en el noveno estado de México en aprobar la llamada Ley Olimpia

Castigo por la difusión

Esta tarde el Congreso del Estado votó por unanimidad las reformas a diversas leyes para castigar la difusión de contenido íntimo sin el consentimiento, tipificar la violencia digital y el delito de ciberacoso.

La reforma surgió por iniciativas de los diputados Diana Patricia González Soto y Marcelo Torres Cofiño, junto con el acompañamiento de colectivas feministas como el Frente Nacional para la Sororidad y Defensoras Digitales Coahuila.

Para sancionar la divulgación y distribución de contenido íntimo sin consentimiento, se agregó al artículo 236 del Código Penal de estatal el delito de “Violación a la intimidad sexual” con condenas que van de 3 a 6 años, así como una multa de entre 88 mil y 176 mil pesos aproximadamente. 

Otras consideraciones de la Ley Olimpia en Coahuila 

Las reformas al Código Penal del estado incluyen la aplicación de las mismas sanciones a quienes obtengan de dispositivos móviles o de almacenamiento, imágenes, videos, textos o audios sin autorización del propietario. 

Además, las sanciones aumentarán hasta la mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, cuando se pueda causar daño personal, laboral, educativo, profesional o patrimonial; y si el delito es cometido por un servidor público, será destituido e inhabilitado para ocupar cargos públicos.

Durante la sesión de este 27 de junio, el Congreso estatal también aprobó tipificar el delito de “Difusión de imágenes falsificadas de personas”, mismo será sancionado con las mismas condenas del delito de violación a la intimidad sexual