La legalización del matrimonio igualitario en latinoamérica

La habilitación de la figura del “matrimonio” para parejas del mismo sexo se aprobó con seis votos favorables y uno en contra, aunque por unanimidad los jueces de la Corte determinaron que “el Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se derivan de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo”, más allá de lo meramente patrimonial. Argumentan que la Convención Americana de Derechos Humanos así lo estipula al proteger el derecho a la protección de la vida privada y familiar.

El tribunal que preside el brasileño Roberto Caldas dirime así la disyuntiva que provoca en Costa Rica fuertes discusiones en el marco de su actual campaña electoral, pero también a los restantes 19 países que reconocen la competencia de la Corte Interamericana, aunque algunos de ellos ya tienen en sus leyes ese reconocimiento a los derechos de igualdad sexual.

Grupos de activistas y miembros de la población LGBTI celebraron este martes la noticia como un paso grande en el reconocimiento de sus derechos. Decenas de ellos se reunieron en una conocida rotonda en el lado este de la capital de Costa Rica, donde suelen reunirse aficionados para los triunfos del fútbol. Agradecían en especial a la vicepresidenta de Costa Rica, Ana Helena Chacón, una de las líderes de la causa y artífice de la estrategia de impulsar las reformas por vía de la Corte Interamericana.

El tribunal considera que para garantizar los derechos de las parejas del mismo sexo no se requiere crear nuevos formatos jurídicos, sino extender para ellas las que ahora rigen para las heterosexuales, por ser una manera más sencilla y eficaz: “Crear una institución que produzca los mismos efectos y habilite los mismos derechos que el matrimonio, pero que no lleve ese nombre, carece de sentido, salvo el de señalar socialmente a las parejas del mismo sexo con una denominación que indique una diferencia sino estigmatizante, o por lo menos como señal de subestimación”.